Adhesión de México al Tercer Protocolo de la Convención sobre los Derechos del Niño como Mecanismo Tutelar a sus Derechos Universales

María Guadalupe Domínguez Martínez

El ser humano a diferencia de otras especies, además de resguardarse de las inclemencias de la naturaleza; requiere de la protección familiar, tanto en el aspecto económico como en el alimentario, debido a que necesita de cuidados que abonen a lograr el desarrollo integral de la niñez tal cual lo prevé el artículo 4° Constitucional, al tiempo de llegar a su término pasada la adolescencia; por ser objeto de una protección especial debido al estado de vulnerabilidad e indefensión por el cual aún transitan a esa edad. Conforme a lo previsto en ese ordenamiento no sólo el Estado es garante de cumplir con los derechos de niñas, niños y adolescentes; está obligación recae directamente en sus padres, cuidadores especiales, instituciones privadas y en la sociedad en general, debido a que este grupo de población requiere de esa protección jurídica integral y especial de eficacia multidireccional, en la cual se aplique la verticalidad, horizontalidad y transversalidad de los derechos humanos de la niñez y adolescencia para protegerlos integralmente.

Tipo de documento: Tesis de doctorado

Formato: Adobe PDF

Área de conocimiento: CIENCIAS SOCIALES

Campo disciplinar: CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO

Nivel de acceso: En Embargo

Collections: