Estudio de las sociedades mercantiles en el contexto mexicano, su ilicitud, procedimiento y remanente

ALYN LUGO VALDEZ

En México la legislación mercantil es una de las más antiguas que aún se está aplicando, como ejemplo se encuentra que el Código de Comercio data de 1889 y la Ley General de Sociedades Mercantiles de 1934 (LGSM), que aun cuando han tenido diversas reformas, la última lo fue del año 2018 para ambos ordenamientos por lo que no se puede decir que no se encuentra a la vanguardia de la sociedad. Además de lo anterior la regulación de ciertas figuras jurídicas, como lo es la ilicitud que puede presentar una sociedad mercantil es muy imprecisa, ya que esta circunstancia es muy compleja y no le es aplicable la normativa general por mandato expreso de la ley, sin embargo, la misma es omisa en determinar un procedimiento especial o reglas específicas para este caso en concreto y todos sus supuestos que al desprenderse de la ilicitud, saltan a la rama del derecho civil para su análisis. La legislación mercantil mexicana al respecto de normas tocantes a la |ilicitud y la nulidad en general es muy vaga, aun cuando en el artículo tercero de la Ley General de Sociedades Mercantiles se contempla el supuesto de que aquellos entes con objeto ilícito o que ejecuten habitualmente actos ilícitos serán declaradas nulas y serán liquidadas, no se contienen sus elementos, ni el procedimiento a que estos son sujetos para determinar la ilicitud, únicamente mencionando en un párrafo más y con vaguedad lo que pasará con el remanente, confiscándolo a la beneficencia pública y dejando a los socios sin su derecho de recuperar su aportación. La ilicitud de la sociedad mercantil no se encuentra regulada de forma clara en nuestro ordenamiento jurídico, lo que genera grandes confusiones y propicia la búsqueda de su precisión en los diferentes trabajos de doctrinarios, sin embargo, no hay criterios unificados con fuerza legal que puedan determinar el procedimiento y reglar ciertas, lo que implica que el ejercicio del juez pueda ser arbitrario y lesivo de los derechos de seguridad jurídica y debido proceso de rango constitucional. El supuesto de las sociedades mercantiles ilícitas, muy comúnmente se confunden con diversas figuras como lo es la responsabilidad de los socios frente a terceros por actos perjudiciales o abusivos y con las sociedades irregulares, derivado de la imprecisión de la ley, toda vez que no se contempla en la legislación mercantil el procedimiento a seguir, de forma integral, para que los socios puedan responder sobre los actos ilícitos cometidos sin que esto signifique que la sociedad mercantil en la que participan sea considerada ilícita.

Tipo de documento: Tesis de maestría

Formato: Adobe PDF

Audiencia: Investigadores

Idioma: Español

Área de conocimiento: CIENCIAS SOCIALES

Campo disciplinar: CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO

Nivel de acceso: Acceso Abierto